Los Video Juegos de Lotería de Concepción se rigen por el Decreto
Supremo Nº1471, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario
Oficial del 01 de abril de 1996 que modifica el Reglamento de la Ley
Nº18.568. Se agrega el artículo 14º bis, que señala que; "son
modalidades de premiación instantánea aquellas en que el apostador
puede conocer de inmediato el resultado de su apuesta y que deben
tener un programa de premios preestablecido en función del valor
neto de la emisión. La emisión será parte integrante de uno o más
sorteos de Lotería Tradicional y, en consecuencia, no podrán ser más
de 26 ó 27, según corresponda, en cada año calendario. La emisión
anticipada tendrá como número y fecha de sorteo de la Lotería
Tradicional del cual sea parte integrante.
Los premios, distribuidos aleatoriamente entre los boletos, serán
obtenidos por los apostadores, entre otras formas descubriendo zonas
cubiertas o logrando aciertos según la mecánica del sistema de
premiación instantánea.
El programa de premios de cada emisión será parte integrante del
programa de premios del sorteo de Lotería Tradicional al cual se
encuentra integrado".
Hechos de fuerza mayor o fortuitos
Lotería de Concepción, realiza un esfuerzo importante en mantener
actualizado y libre de errores sus sistemas. No obstante lo
anterior, no garantiza que la información publicada a través de
Internet, tanto de apuestas realizadas, como de resultados esté
libre de errores. Lotería de Concepción podrá rectificar esta
información cada vez que sea necesario, y no será responsable de
causas de fuerza mayor o caso fortuito.
Sabotaje Informático a los Sistemas de Información
Este delito, en sus diversas modalidades, se encuentra tipificado en
los artículos 1º y 3º de la ley 19.223:
Artículo 1º.-
"El que maliciosamente destruya o inutilice un sistema de
tratamiento de información o sus partes o componentes, o impida,
obstaculice o modifique su funcionamiento, sufrirá la pena de
presidio menor en su grado medio a máximo. (541 días a 5 años) Si
como consecuencia de estas conductas se afectaren los datos
contenidos en el sistema, se aplicará la pena señalada en el inciso
anterior, en su grado máximo". (3 años y un día a 5 años)
Artículo 3º.-
"El que maliciosamente altere, dañe o destruya los datos contenidos
en un sistema de tratamiento de la información, será castigado con
presidio menor en su grado medio". (541 días a 3 años)
Clasificación de estas conductas de sabotaje informático: a.-
Acciones contra el sistema de tratamiento de información; b.-
Acciones contra el funcionamiento del sistema de tratamiento de
información; c.- Acciones y conductas que afectan los datos
contenidos en un sistema de tratamiento de la información.
ADVERTENCIA: Conforme a la Ley Nº 19.223, todo
apoderamiento, uso o conocimiento indebido de la información
contenida en este sistema de tratamiento de datos, o su
intercepción, interferencia o acceso, está castigada con pena
privativa de libertad.
¿Como jugar?
Para comenzar presione el botón "Jugar" y el precio de la jugada se
descontará automáticamente de su saldo. A continuación, se mostrarán
los 12 signos zodiacales. Luego, y uno a uno, proceda a hacer clic
sobre los signos zodiacales en el orden que usted prefiera, hasta
que ocurra alguna de las siguientes circunstancias, las que
determinarán el término del juego, cesando la posibilidad de seguir
haciendo clic sobre los signos zodiacales.
a) Obtiene 3 montos iguales, gana premio. No puede seguir haciendo
clic sobre los signos zodiacales y finaliza el juego. A modo de
ejemplo, si obtiene $500+$500+$500 el premio es $500.
b) Obtiene 2 montos iguales más figura "Sol", gana premio. No puede seguir
haciendo clic sobre los signos zodiacales y finaliza el juego. A
modo de ejemplo, si obtiene $1.000+ figura Sol +$1.000 el premio es $1.000.
c) Obtiene dos figuras "X" antes de obtener alguna de las combinaciones
descritas en las letras a) y b), no obtiene premio. No puede seguir
haciendo clic sobre los signos zodiacales y finaliza el juego.
El presente video juego tiene una emisión programada, lo que significa que su resultado se establece de acuerdo con tal circunstancia, independiente de la selección que el apostador haga respecto de cada una de las opciones que se le presentan y de la representación gráfica que se muestre en la pantalla o en el visor del dispositivo electrónico en que se despliega el video juego, evento este último que dependerá a su vez del sistema operativo de dicho dispositivo. En caso de disconformidad, para todo efecto legal, reglamentario y contractual prevalecerá el resultado que se contengan en la emisión programada, de acuerdo a los registros computacionales que lleve Lotería de Concepción.
La tabla de categorías de premiación correspondiente a este
instantáneo es la siguiente:
Categoría |
Monto Premio ($) |
1 |
$500 |
2 |
$1.000 |
3 |
$5.000 |
4 |
$10.000 |
5 |
$100.000 |
6 |
$500.000 |
7 |
$1.000.000 |
8 |
$10.000.000 |
La estructura de premiación anterior corresponde al sorteo N°2561 del 08 de marzo del 2026.