1. Promoción: Esta promoción consiste en el sorteo de 5 (cinco) Gift Cards Cencosud de $50.000 cada una entre todas aquellas personas que cumplan con la condición de jugar al menos 1 (un) Kino5 con Agrandado! (Kino5 con Agrandado! valor de la apuesta de $500) en alguno de los sorteos de Kino5 entre el martes 14 de abril de 2015 y hasta el jueves 30 de abril de 2015 en www.loteria.cl.
2. Participantes: Pueden participar todas aquellas personas, mayores de 18 años, que se inscriban o estén ya inscritas en www.loteria.cl y realicen al menos una apuesta de Kino5 con Agrandado! en alguno de los sorteos de Kino5 entre el martes 14 de abril de 2015 y hasta el jueves 30 de abril de 2015 en www.loteria.cl debiendo cumplir además con los requisitos mencionados en estas bases y tener su domicilio en la República de Chile en adelante, los “Participantes”.
Quedan excluidos de participar los empleados del Organizador.
El incumplimiento a lo señalado en este punto autoriza a Lotería a no entregar el premio establecido en esta promoción a quien lo hubiere infringido si resultare ganador. En este caso, Lotería podrá a su solo arbitrio otorgar nuevamente el premio (en cuyo caso la fecha, hora y lugar será oportunamente informado a los participantes) o declararlo desierto.
3. Vigencia: La presente promoción estará vigente desde el día martes 14 de abril de 2015 y hasta el jueves 30 de abril de 2015 inclusive hasta las 22:00 horas del mismo día. Lo anterior, es sin perjuicio que Lotería decida acortar o extender el plazo de vigencia de la promoción, evento en el cual informará oportuna y adecuadamente a los participantes a través de la página web de Lotería (www.loteria.cl). Con todo, Lotería se reserva el derecho para poner término anticipado a la promoción, fundado ello en motivos de fuerza mayor, informando al efecto a los consumidores, lo que no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de éstos ni de terceros.
4. Mecánica de participación en la Promoción: Toda persona que desee participar de la promoción, podrá hacerlo de la siguiente forma: |
5. Premio: Consiste en una Gift Card de $50.000 (cincuenta mil pesos) que será entregada a cada uno de los cinco (5) ganadores de la Promoción. Lo anterior, significa que el ganador recibirá una tarjeta Gift Card Cencosud por el monto señalado.
6. Sorteo: El sorteo se realizará el día miércoles 06 de mayo de 2015 mediante un sorteo computacional donde se seleccionará aleatoriamente cada uno de los 5 (cinco) RUT que cumplan con las condiciones descritas en el Punto 4 de esta Promoción.
7. Resultado Sorteo y Publicación de Ganador: El resultado del sorteo será comunicado el día jueves 07 de mayo de 2015 en www.loteria.cl, sección de “Ganadores” y en el fan page de Kino en Facebook (www.facebook.com/KinoCL) a través de una publicación indicando el nombre del ganador. Será responsabilidad de los participantes de esta promoción ingresar a estos canales para conocer el resultado del sorteo.
8. Aviso al Ganador: Se enviará un mensaje de aviso al ganador dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde la fecha del sorteo, a la dirección de correo electrónico que registre en www.loteria.cl; de no obtener respuesta del ganador a este aviso, se entenderá que renuncia al premio sin derecho a reclamo alguno, liberando a LOTERIA, de cualquier responsabilidad al respecto.
9. Entrega de premios: Los ganadores de Santiago, Concepción y alrededores deberán retirar el Premio en Carlos Antúnez 2462, Providencia, Santiago o en Colo Colo 592, Concepción a más tardar dentro de los 60 días hábiles luego de realizado el sorteo, de lunes a jueves entre las 9:00 horas y las 17:00 horas y Viernes entre las 9.00 horas y 13:00 horas. Con los ganadores de regiones se coordinará la entrega del premio.
Para retirar el Premio, el ganador deberá firmar un acta de entrega y entregar una copia de su cédula de identidad. Si el Premio no es retirado por el ganador en los plazos establecidos precedentemente, caducará su derecho a cobrarlo con posterioridad.
10. Responsabilidad: El Organizador no será responsable por daños o pérdidas de los premios, eximiéndose de todo tipo de responsabilidad contractual y extracontractual que el Participante, Ganador pudiera considerar que le corresponde. La responsabilidad del Organizador finalizará al poner a disposición de los Ganador(es) los Premios a los que se hicieron acreedores, y de ninguna manera se extenderá más allá de esto.
El Premio es al portador, por lo que el Organizador no se responsabiliza de la pérdida de éste.
11. Aceptación de Bases: La participación de los Participantes en esta promoción implica para todos los efectos legales, la total aceptación de estas Bases, renunciando los participantes a toda acción o indemnización, de cualquier especie o naturaleza que pretendan en contra de LOTERIA, o La Agencia de publicidad correspondiente con motivo y ocasión de la promoción.
LOTERIA, se reserva el derecho de interpretar o modificar las presentes bases, circunstancia que los participantes aceptan por el sólo hecho de participar en sus promociones.
12. Interpretación y Normas Generales: La participación en esta promoción y/o cobro del premio, implica para todos los efectos legales, la total aceptación de estas Bases y sus anexos, y sus eventuales modificaciones conforme a lo previsto en las mismas.
Cualquier situación relacionada con la interpretación de estas bases será dirimida, en única instancia y sin ulterior reclamo, por Lotería, sin perjuicio de los derechos que pudieren llegar a corresponderle al participante en virtud de la legislación vigente.
Lotería se reserva el derecho de modificar las bases de esta promoción en forma total o parcial, debiendo comunicar dicha circunstancia a través de su página web (www.loteria.cl) o a través de su Fanpage de Facebook de Kino (www.facebook.com/KinoCL). Las modificaciones regirán sin efecto retroactivo.
El incumplimiento de las condiciones o procedimientos establecidos por Lotería para la participación de esta promoción, implicará la inmediata exclusión de la promoción y/o la revocación del premio obtenido.
Se deja expresa constancia que Lotería se reserva el derecho de verificar que la persona que cobre el premio cumpla los requisitos de estas bases. Lotería se reserva además el derecho a iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar cualquier irregularidad durante la presente promoción.
Todo participante y/o ganador de la Promoción o sus representantes legales, en su defecto, autorizan desde ya expresamente a Lotería, por el sólo hecho de participar en este sorteo, sin necesidad de una autorización especial, a utilizar la información recaudada a partir de la misma y a difundir sus nombres e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculado con su participación en la Promoción, renunciando todos ellos a recibir cualquier compensación o contraprestación, sea en dinero o en especie. Además, se faculta a Lotería para exhibir y/o publicitar a cualquiera de los participantes a través de los medios y en la forma que la empresa lo estime conveniente.
Asimismo, los ganadores se comprometen a prestar colaboración con el objeto de favorecer y no entorpecer la difusión de su premiación por los medios que Lotería determine, a favor de la necesaria transparencia que exige la fe pública. De esta forma será condición para hacer efectivo el Premio, que el o los participantes ganadores participen de las actividades, promociones, eventos, programas o difusión que Lotería determine.
Lotería no será responsable en modo alguno de cualquier interrupción, corte y/o deficiencia que pudiere impedir o dificultar a los participantes el acceso y/o navegación por Internet, incluyendo deficiencia en los servidores así como cualquier otra situación de este tipo.
Estará prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada precedentemente. La utilización de técnicas de participación en la promoción de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de la participación de que se trate. En caso de controversia relacionada con la identidad de un participante, quien presente su cédula de identidad será considerado como el usuario concursante.
Lotería no será responsable por aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo no imputables a ella.
Se asume que todo participante ha leído en su totalidad las bases de la promoción.
13. Jurisdicción: Toda relación que en virtud de esta Promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República de Chile, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiere tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante los Tribunales Ordinarios de Justicia, cualquiera sea la causa o el reclamo, con renuncia expresa por parte del Participante a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder.
14. Protocolización: Estas bases se encuentran protocolizadas en la notaría pública Santibáñez Soto, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 980 Of. 134-135 Santiago.
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