Productos y Reglamentación Atrévete… SOBRE RUEDAS
1. Objetivos del Documento
El presente documento tiene por finalidad dar a conocer las instrucciones que precisen la operatoria de la modalidad de juego denominada “Atrévete… SOBRE RUEDAS”, autorizado mediante Decreto Supremo Nº 1.136 (en lo sucesivo DS N° 1.136), del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial (en lo sucesivo DO) de 27 de abril del 2005, cuyo texto ha sido sustituido por Decreto Supremo Nº 158 (en lo sucesivo DS N° 158), del mismo Ministerio, publicado en el DO el 21 de abril del 2016, ambos dictados en conformidad con el artículo 90 de la Ley 18.768 y con la Ley 18.568, de Lotería. Tiene por norte, asimismo, fijar su precio, las condiciones de participación y las consideraciones que sean necesarias y pertinentes a su efecto práctico, en consonancia con la exposición de motivo señalada expresamente en el numeral 2 del artículo segundo del citado Decreto Supremo N° 158, en orden a permitir la implementación de nuevas modalidades de juego.
Cumplida dichas finalidades, dejamos, en cualquier caso, invitados a nuestros clientes y público en general a consultar sus dudas al mail de contacto sclientes@loteria.cl. Advertimos a nuestros clientes que la modalidad de juego “Atrévete… SOBRE RUEDAS” es un juego especializado que requiere conocer sus reglas, razón por la cual le invitamos a usar el sistema de atención de consultas previamente referido antes de jugar.
Otras materias relativas al juego se encuentran reguladas en el DS Nº 1.136, el que se invita a consultar aquí.
2. Aspecto Legal
“Atrévete… SOBRE RUEDAS” es una modalidad de juego autorizada mediante DS Nº 1.136, cuyo texto, como se ha dicho, fue sustituido por DS Nº 158, ambos del Ministerio de Hacienda, dictado en conformidad con los también referidos cuerpos legales.
3. Definiciones
Las apuestas de “Atrévete… SOBRE RUEDAS” son de tipo mecanizadas, es decir, aquellas definidas en el artículo 5 del DS en comento y se distinguen:
3.1 Internet: Corresponde a la forma de jugar donde se realiza una apuesta o pronóstico a través de un medio electrónico, también tiene la opción de elegir los números al azar. El comprobante contendrá los siguientes datos: fecha y hora de la apuesta, la apuesta, el valor de la apuesta, código de apuesta, fecha y número de sorteo.
3.2 Teclado: Corresponde a la forma de juego donde el cliente interactúa con el vendedor eligiendo sus apuestas o pronóstico o, también, a través de la opción de elegir los números al azar. El comprobante contendrá los siguientes datos: fecha y hora de la apuesta, la apuesta, el valor de la apuesta, código y número de seguridad, número de terminal, fecha y número de sorteo.
4. Sorteos
Lotería ha definido una modalidad de juego denominada “Atrévete… SOBRE RUEDAS”, en la cual, el o los sorteos necesarios, según el caso, se realizará mediante el sistema informático de selección aleatoria de números, según establece el artículo 10 del Reglamento de la Ley 18.568, que indica: “El sistema informático de selección aleatoria de números que se utilice deberá ser validado por alguno de los laboratorios acreditados por la Superintendencia de Casinos de Juego de Chile. Este laboratorio efectuará su validación en forma previa al inicio de la operación del sistema sobre aspectos como idoneidad, funcionabilidad e inviolabilidad”.
Cumpliendo con lo anterior, el Laboratorio SIQ ha certificado que el sistema informático de selección aleatoria de números utilizado por Lotería reúne las condiciones de idoneidad, funcionalidad e inviolabilidad requeridas para la realización de sorteos.
5. Producto
Para poder participar en la modalidad de juego “Atrévete… SOBRE RUEDAS”, el apostador deberá pronosticar o apostar a 6 números, eligiendo cada uno de éstos entre los guarismos 0 y el 9, ambos inclusive, formando así una combinación única de 6 dígitos.
Para determinar el pronóstico o apuesta ganadora se considerará la coincidencia exacta de cada uno de los 6 números elegidos por el apostador, en el mismo orden, de izquierda a derecha, con cada uno de los 6 números extraídos por el sistema informático de selección aleatoria. Por ejemplo, si el apostador eligió los números 8-7-8-5-4-3, en tal orden, su pronóstico o apuesta sólo será ganador si la extracción aleatoria por el sistema informático arroja la misma combinatoria, esto es, 8-7-8-5-4-3, en la misma secuencia numérica.
En este juego El Medio Premio existe una única categoría de premiación, que puede constar de uno o más sorteos.
De esta manera, el pronóstico o apuesta de cada uno de los 6 números ganadores deberá coincidir en forma exacta, como se ha dicho, de izquierda a derecha, y con el mismo orden, con cada uno de los 6 números seleccionados o extraídos por el sistema informático. No se aceptará reclamo ni petición alguno, por resultar inadmisibles, basados en la circunstancia de existir mera coincidencia de dígitos, pero sin el referido orden, de izquierda a derecha.
Si la combinación seleccionada por el apostador ya no estuviere disponible por haber sido jugada por otro concursante o por otra circunstancia, aquél deberá seleccionar una nueva apuesta que sí se encuentre disponible. Cada combinación sólo podrá ser jugada por un solo apostador, de manera que en este juego sólo puede existir un ganador por cada premio.
La modalidad de juego “Atrévete… SOBRE RUEDAS”, iniciará su venta el 6 de marzo de 2025, siendo su último sorteo el 28 de marzo de 2025.
La provisión futura del sorteo 15, en caso de existir, será usada para un próximo Sorteo de TV según la mecánica de premiación que Lotería de Concepción establezca y comunique para ese evento en particular.
5.1 Descripción y condiciones del Concurso
Lotería de Concepción, en lo sucesivo e indistintamente “LOTERÍA”, invita al público a participar del sorteo “Atrévete… SOBRE RUEDAS” en conjunto con el Programa “Atrévete… Lo mejor de ti” (en adelante el “Programa”), que será emitido a través de la señal de televisión de libre recepción de Canal 13, y de los sitios web www.loteria.cl y www.jugandoconloteria.cl.
El concurso consiste que quienes jueguen “Atrévete… SOBRE RUEDAS” participarán en el sorteo que se realizará el viernes 28 de marzo. El número ganador se anunciará a través de las pantallas de TVN, el día del sorteo y en www.loteria.cl.
5.2 Participantes
Pueden participar todas aquellas personas, mayores de 18 años, que cumplan los requisitos mencionados en este reglamento y residan en territorio chileno
No podrán participar en este tipo de concursos promocionales los funcionarios de Lotería de Concepción, su cónyuge, su conviviente legal ni sus hijos menores de 18 años.
El incumplimiento a lo señalado en los párrafos anteriores autoriza a LOTERÍA a rechazar la participación en el concurso.
5.3 Vigencia
El presente concurso tendrá vigencia comenzando el 6 de marzo del 2025 y terminando el 28 de marzo del 2025.
Con todo, LOTERÍA se reserva el derecho de modificar este reglamento o de poner término anticipado al concurso, entre otros, informándolo en la sección “Novedades” del sitio web www.loteria.cl. Lo anterior, no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de los clientes contactados, participantes, ni de terceros.
5.4 Premio
Para “Atrévete… SOBRE RUEDAS” de “Atrévete… Lo mejor de ti”, se realizará 1 sorteo:
Sorteo: se realizará el 28 de Marzo de 2025 y el premio corresponderá a 1 Auto Chery Tiggo 2 Pro Max GL MT 0 kms (sin opción a su equivalente en dinero).
- No incluye patente, impuestos verdes, ni ningún otro cargo adicional al auto mismo. Éstos serán de total responsabilidad del ganador del premio.
- La entrega del auto se realizará en Santiago, por lo que será de costo del ganador llegar al lugar de entrega y el traslado del vehículo a su zona de residencia o donde estime conveniente.
En caso de no haber ganador, el premio podrá acumularse para un próximo sorteo.
El ganador tendrá 60 días corridos desde la fecha del sorteo para cobrar su premio, de no cobrarlo en ese periodo de tiempo se entiende que el participante renuncia al premio sin derecho a reclamo alguno, liberando a LOTERIA de cualquier responsabilidad al respecto. De ser así Lotería volverá a sortear el premio, cuando estime conveniente.
5.5 Difusión de ganadores
Todo participante y/o ganador del concurso, autoriza expresamente, desde ya a LOTERÍA, por el sólo hecho de participar en este concurso, sin necesidad de una autorización especial, a utilizar la información obtenida a partir de la misma y a difundir sus nombres e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculado con su participación en el concurso, renunciando todos ellos a recibir cualquier compensación o contraprestación, sea en dinero o en especie. Además, se faculta a LOTERÍA para exhibir y/o publicitar a cualquiera de los participantes a través de los medios y en la forma que la empresa lo estime conveniente.
Asimismo, los ganadores se comprometen a prestar colaboración con el objeto de favorecer y no entorpecer la difusión de su premiación por los medios que LOTERÍA determine, a favor de la necesaria transparencia que exige la fe pública. De esta forma será condición para hacer efectivo el Premio, que el o los participantes ganadores participen de las actividades, promociones, eventos, programas o difusión que LOTERÍA determine.
5.6 Responsabilidad
LOTERÍA no será responsable por daños o pérdidas de los premios que el participante obtenga producto de su participación en el Programa, eximiéndose así, de todo tipo de responsabilidad al respecto. La responsabilidad de LOTERÍA finalizará con la efectiva entrega de los premios al(los) ganador(es), y de ninguna manera se extenderá más allá de aquella instancia.
LOTERÍA no será responsable, en modo alguno, de cualquier interrupción, corte y/o deficiencia que pudiere impedir o dificultar a los participantes el acceso y/o navegación por Internet, incluyendo deficiencia en los servidores, así como cualquier otra situación de este tipo.
Además, LOTERÍA no será responsable por aquellas participaciones, que por fallas técnicas y/o de transmisión, sean interrumpidas o finalizadas de manera abrupta, sin la correcta recepción en su sistema
5.7 Será anulado cualquier intento o método de participación en el concurso que se realice por cualquier proceso, técnico o mecánico de participación distinto a lo detallado precedentemente. La utilización de técnicas de participación en el concurso de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación automática de la participación de que se trate. En caso de controversia relacionada con la identidad de un participante, quien presente su cédula de identidad vigente será considerado como el usuario concursante
6. Consentimiento
La participación del apostador en esta modalidad de juego se formaliza mediante la aceptación expresa o tácita del valor del mismo. Dicho acto implica además su adhesión a la forma, plazos, modalidad y procedimientos del o de los sorteos, al método de la determinación de la apuesta ganadora y a todas las instrucciones explicitadas en este documento, resultando inadmisible cualquier reclamo o petición fundado en la ignorancia, desconocimiento o forzada o contraria interpretación de estas instrucciones.
Sólo pueden participar en estos sorteos y cobrar los premios obtenidos, los apostadores mayores de 18 años de edad.
7. Precio de la Apuesta
El precio de la apuesta de “Atrévete… SOBRE RUEDAS” es de $1.000. El fondo de premio asignado para el pago del premio corresponderá a un 47% del monto recaudado, excluido el impuesto único del 15% establecido por el artículo 2 de la Ley N° 18.110.
8. Modalidad
La modalidad de apuesta o pronóstico está definida en el aludido DS N° 1.136, en sus artículos 5 y 6.
9. Lugares de Compra Habilitados
Se ha dispuesto de 2 modalidades, que no son excluyentes una de la otra, para optar a participar en “Atrévete… SOBRE RUEDAS” de TVN, las cuales son:
1) Jugar “Atrévete… SOBRE RUEDAS” a través de los terminales de juego dispuestos en agencias por LOTERÍA. El comprobante contendrá los siguientes datos: fecha y hora de la apuesta, la apuesta, el valor de la apuesta, código y número de seguridad, número de terminal, fecha y número de sorteo.
2) Jugar “Atrévete… SOBRE RUEDAS” en el sitio web www.loteria.cl, creando una cuenta de juegos y registrando, al menos su cédula de identidad, un correo electrónico válido y un número de red fija o móvil para que, en caso de ganar un premio, pueda ser contactado.
10. Cobro de Premios
El cobro del premio podrá hacerse efectivo presentando el recibo ganador de manera íntegra, es decir, que no presente ilegibilidad, mutilaciones u otras alteraciones que no permitan validar el premio. Si hubiere dudas sobre la autenticidad del recibo presentado en el cobro, no se pagará el premio hasta comprobar fehacientemente tal autenticidad.
El cobro de premios, aun respecto de aquellos obtenidos en apuestas jugadas por internet, deberá realizarse en las oficinas de Lotería de Concepción, ubicadas en Colo Colo 592 de Concepción o en Carlos Antúnez 2462 de Santiago.
En atención a que los premios son superiores a 20 veces el precio de la venta del cartón, está afecto a una deducción del 2% de su valor, el que se destinará a bonificar al agente comisionista vendedor.
El premio solo podrá ser cobrado por un mayor de 18 años.
11. Modificaciones al Producto
Lotería podrá realizar, cuando lo disponga, modificaciones al producto en conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 4 y 14 del DS 1.136.5
12. Comprobantes y Recibos Válidos
Los comprobantes y recibos válidos se describen en el punto número 3 de estas instrucciones, conforme al artículos 5 del DS 1.136.
13. Difusión de Resultados Oficiales y deber de infomación
Toda relación que en virtud de este concurso se genere entre el participante y LOTERÍA será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República de Chile, renunciando el participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiere tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre LOTERÍA y el participante, los Tribunales Ordinarios de Justicia, cualquiera sea la causa o el reclamo, con renuncia expresa por parte del participante a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder.
14. Difusión de resultados oficiales
Los resultados oficiales son los que Lotería entrega a sus Agentes a través de los terminales de juegos instalados en las Agencias Oficiales.
Frente a la más mínima duda o dificultad de cualquier tipo, el público consumidor debe tener especialmente presente y desplegar las acciones necesarias para resguardar su deber de información adecuada y completa, con relación al juego referido, de modo de evitar cualquier riesgo o malentendido. A tal efecto el consumidor puede realizar todas las consultas que estime convenientes y necesarias, en la sección de Preguntas Frecuentes de la página web www.loteria.cl o directamente a sclientes@loteria.cl, para el adecuado entendimiento de los juegos y sorteos descritos.