Lotería, en adelante el “Organizador” o “Lotería”, invita al público a participar de la promoción “Sorteos promocionales Chao Jefe De por Vida” (En adelante el “Concurso”), la que se realizará en el Juego Kino en los sorteos N°2197, N°2198, N°2199, N°2200, N°2201, N°2202, N°2203, N°2204.
1. Concurso: Este concurso tiene por finalidad promover la venta del producto Kino con Chao Jefe de por Vida y consiste en la realización de 1 Sorteo Promocional adicional llamado “Chao Jefe De por Vida $1 Millón, Sorteo 2- promocional” entre todas aquellas personas que cumplan con la condición de jugar Kino con Chao Jefe De por Vida $1 Millón para los sorteos N°2197, N°2198, N°2199, N°2200, N°2201, N°2202, N°2203, N°2204.
2. Participantes: Pueden participar todas aquellas personas, mayores de 18 años, que realicen al menos una apuesta de Kino con Chao Jefe De por Vida $1 Millón para los sorteos N°2197, N°2198, N°2199, N°2200, N°2201, N°2202, N°2203, N°2204. El incumplimiento a lo señalado en este punto autoriza a Lotería a no entregar el premio establecido en este concurso a quien lo hubiere infringido si resultare ganador. En este caso, Lotería podrá a su solo arbitrio otorgar nuevamente el premio (en cuyo caso la fecha, hora y lugar será oportunamente informado a los participantes) o declararlo desierto.
3. Vigencia: La presente promoción estará vigente desde el día Domingo 04 de Agosto de 2019 y hasta el Miércoles 28 de Agosto de 2019 inclusive hasta las 22:00 horas del mismo día. No obstante, el sitio no estará disponible mientras existan realización de sorteos y procesos anexos. Lo anterior, es sin perjuicio que Lotería decida acortar o extender el plazo de vigencia del concurso, evento en el cual informará oportuna y adecuadamente a los participantes a través del sitio web de Lotería (www.loteria.cl). Con todo, Lotería se reserva el derecho para poner término anticipado al concurso, fundado ello en motivos de fuerza mayor, informando al efecto a los consumidores, lo que no generará responsabilidades ni compensaciones de ningún tipo a favor de éstos ni de terceros.
4. Mecánica de participación en el Concurso: Toda persona que desee participar del concurso, podrá hacerlo jugando Kino con Chao Jefe De por Vida $1 Millón en todos los canales de venta habilitados para esto, es decir, Agencias, Supermercado habilitados, internet, etc.
5. Premios: Consiste en un 1 Sueldo de $1 Millón mensual durante toda la vida del ganador. En caso de existir más de una apuesta ganadora, los pagos mensuales del Sueldo se dividirán y repartirán entre todas las apuestas ganadoras de este sorteo.
6. Sorteo: Los Sorteos se realizarán a través de extracción de balotas de la tómbola del Juego adicional Chao Jefe De por Vida $1 Millón los días Domingo 4, 11, 18 y 25 y los días Miércoles 7, 14, 21 y 28 de Agosto a las 22:30 hrs. junto con el sorteo de Kino y sus juegos adicionales.
7. Resultado Sorteo y Publicación de Ganador: Los resultados oficiales son los que Lotería entrega a sus agentes a través de los terminales de juegos instalados en las agencias Oficiales.
Será responsabilidad de los participantes de este concurso conocer el resultado del sorteo.
8. Cobro de premios: El derecho a cobrar el premio caducará transcurrido el plazo de 60 días contado desde la fecha del respectivo sorteo.
9. Difusión de ganadores: Todo participante y/o ganador del concurso o sus representantes legales, en su defecto, autorizan desde ya expresamente a Lotería, por el sólo hecho de participar en este sorteo, sin necesidad de una autorización especial, a utilizar la información recaudada a partir de la misma y a difundir sus nombres e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculado con su participación en el concurso, renunciando todos ellos a recibir cualquier compensación o contraprestación, sea en dinero o en especie. Además, se faculta a Lotería para exhibir y/o publicitar a cualquiera de los participantes a través de los medios y en la forma que la empresa lo estime conveniente.
Asimismo, los ganadores se comprometen a prestar colaboración con el objeto de favorecer y no entorpecer la difusión de su premiación por los medios que Lotería determine, a favor de la necesaria transparencia que exige la fe pública. De esta forma será condición para hacer efectivo el Premio, que el o los participantes ganadores participen de las actividades, concursos, eventos, programas o difusión que Lotería determine.
10. Responsabilidad: Lotería no será responsable por daños o pérdidas de los premios, eximiéndose de todo tipo de responsabilidad contractual y extracontractual que el Ganador pudiera considerar que le corresponde. La responsabilidad del Organizador finalizará al poner a disposición de los ganador(es) los Premios a los que se hicieron acreedores, y de ninguna manera se extenderá más allá de esto. El Premio es al portador, por lo que Lotería no se responsabiliza de la pérdida de éste. En caso que la apuesta haya sido jugada de forma nominativa, es decir, jugada con rut, se pagarán contra presentación del recibo y cédula de identidad del jugador correspondiente.
Lotería no será responsable en modo alguno de cualquier interrupción, corte y/o deficiencia que pudiere impedir o dificultar a los participantes el acceso y/o navegación por Internet, incluyendo deficiencia en los servidores así como cualquier otra situación de este tipo.
Además, Lotería no será responsable por aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo no imputables a ella.
11. Aceptación de Bases: La participación de los Participantes en este concurso implica para todos los efectos legales, la total aceptación de estas Bases, renunciando los participantes a toda acción o indemnización, de cualquier especie o naturaleza que pretendan en contra de LOTERIA con motivo y ocasión del concurso.
12. Estará prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el concurso que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada precedentemente. La utilización de técnicas de participación en el concurso de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de la participación de que se trate. En caso de controversia relacionada con la identidad de un participante, quien presente su cédula de identidad será considerado como el usuario concursante.
13. Interpretación y Normas Generales: Cualquier situación relacionada con la interpretación de estas bases será dirimida, en única instancia y sin ulterior reclamo, por Lotería, sin perjuicio de los derechos que pudieren llegar a corresponderle al participante en virtud de la legislación vigente.
Lotería se reserva el derecho de modificar las bases de este concurso en forma total o parcial, debiendo comunicar dicha circunstancia a través de su sitio web (www.loteria.cl). Las modificaciones regirán sin efecto retroactivo.
El incumplimiento de las condiciones o procedimientos establecidos por Lotería para la participación de este concurso, implicará la inmediata exclusión del concurso y/o la revocación del premio obtenido. Se deja expresa constancia que Lotería se reserva el derecho de verificar que la persona que cobre el premio cumpla los requisitos de estas bases. Lotería se reserva además el derecho a iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar cualquier irregularidad durante el presente concurso.
14. Jurisdicción: Toda relación que en virtud de este concurso se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República de Chile, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiere tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante los Tribunales Ordinarios de Justicia, cualquiera sea la causa o el reclamo.
15. Protocolización: Estas bases se encuentran protocolizadas en la notaría pública Gutiérrez López, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 980 Of. 134-135 Santiago.
16. Otros: Ante cualquier circunstancia que no esté expresada en estas bases regirá lo indicado en el reglamento de Kino y sus juegos adicionales que puede ser consultado en la sección productos y reglamentación en www.loteria.cl