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BASES DE LA PROMOCIÓN |
Lotería, en adelante el “Organizador” o “Lotería”, invita al público a participar de la Promoción “Participa por 1 premio de $100.000 al número de cartón en Kino5” (En adelante la “Promoción”). |
1. Promoción: Esta promoción consiste en el sorteo de 1 (un) premio de $100.000 al número de cartón, en cada uno de los sorteos de Kino5 a efectuarse entre el 01 de Julio de 2015 y el 30 de Agosto de 2015. Por lo tanto, en cada uno de los 61 sorteos Kino5 a realizarse entre las fechas antes indicadas, se sorteará 1 (un) premio de $100.000 al número de cartón. El incumplimiento a lo señalado en este punto autoriza a Lotería a no entregar el premio establecido en esta promoción a quien lo hubiere infringido si resultare ganador. En este caso, Lotería podrá a su solo arbitrio otorgar nuevamente el premio (en cuyo caso la fecha, hora y lugar será oportunamente informado a los participantes) o declararlo desierto. Cada apuesta realizada participará en el sorteo al número de cartón correspondiente al día del sorteo de Kino5 para el cual se realizó la apuesta. 5. Premios: Consiste en un premio de $100.000 (cien mil pesos) que será entregado al ganador de la Promoción. El ganador podrá recibir el premio, según corresponda, como se menciona a continuación: a) Mediante un cheque nominativo por el monto indicado, si realiza su cobro directamente en oficinas de Lotería o, si es de regiones, y realiza una cobranza de premios a través de una Agencia.
7. Resultado Sorteo y Publicación de Ganador: Los resultados de los sorteos serán comunicados a través de las máscaras de resultados oficiales de Kino5 publicadas en las agencias de Lotería. Será responsabilidad de los participantes de esta promoción la revisión de la información oficial en las máscaras de resultados de Kino5 para conocer el resultado de cada sorteo. Los ganadores de regiones deberán iniciar el proceso de cobro de premios directamente en las Agencias oficiales de Lotería. El procedimiento de cobro de premio se podrá realizar de dos formas: Modalidad N°1: Cobranza de premio a través de una Agencia Lotería a) El ganador deberá acercarse a una agencia de Lotería y solicitar la revisión de su apuesta. a) El ganador deberá acercarse a una agencia de Lotería y solicitar la revisión de su apuesta. Para los ganadores que hayan realizado su apuesta en www.loteria.cl el procedimiento de cobro de premio será el siguiente:
a) El premio será abonado directamente a la cuenta de juegos del ganador. En todo caso, es condición para recibir el pago del premio de que se trate, que el respectivo ganador proceda al cobro de éste a más tardar de los 60 días corridos siguientes al sorteo respectivo, extinguiéndose el derecho a premio si así no ocurriera. 9. Difusión de ganadores: Todo participante y/o ganador de la Promoción o sus representantes legales, en su defecto, autorizan desde ya expresamente a Lotería, por el sólo hecho de participar en este sorteo, sin necesidad de una autorización especial, a utilizar la información recaudada a partir de la misma y a difundir sus nombres e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculado con su participación en la Promoción, renunciando todos ellos a recibir cualquier compensación o contraprestación, sea en dinero o en especie. Además, se faculta a Lotería para exhibir y/o publicitar a cualquiera de los participantes a través de los medios y en la forma que la empresa lo estime conveniente. Asimismo, los ganadores se comprometen a prestar colaboración con el objeto de favorecer y no entorpecer la difusión de su premiación por los medios que Lotería determine, a favor de la necesaria transparencia que exige la fe pública. De esta forma será condición para hacer efectivo el Premio, que el o los participantes ganadores participen de las actividades, promociones, eventos, programas o difusión que Lotería determine. 10. Responsabilidad: Lotería no será responsable por daños o pérdidas de los premios, eximiéndose de todo tipo de responsabilidad contractual y extracontractual que el Ganador pudiera considerar que le corresponde. La responsabilidad del Organizador finalizará al poner a disposición de los Ganador(es) los Premios a los que se hicieron acreedores, y de ninguna manera se extenderá más allá de esto. El Premio es nominativo, Lotería no se responsabiliza de la pérdida de éste. Lotería no será responsable en modo alguno de cualquier interrupción, corte y/o deficiencia que pudiere impedir o dificultar a los participantes el acceso y/o navegación por Internet, incluyendo deficiencia en los servidores así como cualquier otra situación de este tipo en caso de que el jugador compre su apuesta a través de la página de Lotería (www.loteria.cl). Además, Lotería no será responsable por aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo no imputables a ella. 11. Aceptación de Bases: La participación de los Participantes en esta promoción implica para todos los efectos legales, la total aceptación de estas Bases, renunciando los participantes a toda acción o indemnización, de cualquier especie o naturaleza que pretendan en contra de LOTERIA con motivo y ocasión de la promoción. LOTERIA, se reserva el derecho de interpretar o modificar las presentes bases, circunstancia que los participantes aceptan por el sólo hecho de participar en sus promociones. Se asume que todo participante ha leído en su totalidad las bases de la promoción. 12. Estará prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada precedentemente. La utilización de técnicas de participación en la promoción de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de la participación de que se trate. En caso de controversia relacionada con la identidad de un participante, quien presente su cédula de identidad será considerado como el usuario concursante. 13. Interpretación y Normas Generales: La participación en esta promoción y/o cobro del premio, implica para todos los efectos legales, la total aceptación de estas Bases y sus anexos, y sus eventuales modificaciones conforme a lo previsto en las mismas. Cualquier situación relacionada con la interpretación de estas bases será dirimida, en única instancia y sin ulterior reclamo, por Lotería, sin perjuicio de los derechos que pudieren llegar a corresponderle al participante en virtud de la legislación vigente. Lotería se reserva el derecho de modificar las bases de esta promoción en forma total o parcial, debiendo comunicar dicha circunstancia a través de su página web ( www.loteria.cl ). Las modificaciones regirán sin efecto retroactivo. El incumplimiento de las condiciones o procedimientos establecidos por Lotería para la participación de esta promoción, implicará la inmediata exclusión de la promoción y/o la revocación del premio obtenido. Se deja expresa constancia que Lotería se reserva el derecho de verificar que la persona que cobre el premio cumpla los requisitos de estas bases. Lotería se reserva además el derecho a iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar cualquier irregularidad durante la presente promoción. 14. Jurisdicción: Toda relación que en virtud de esta Promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República de Chile, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiere tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante los Tribunales Ordinarios de Justicia, cualquiera sea la causa o el reclamo, con renuncia expresa por parte del Participante a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder. 15. Protocolización: Estas bases se encuentran protocolizadas en la notaría pública Santibáñez Soto, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 980 Of. 134-135 Santiago.
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