Los Video Juegos de Lotería de Concepción se rigen por el Decreto Supremo Nº1471, del Ministerio de
Hacienda, publicado en el Diario Oficial del 01 de abril de 1996 que modifica el Reglamento de la Ley
Nº18.568. Se agrega el artículo 14º bis, que señala que; "son modalidades de premiación instantánea
aquellas en que el apostador puede conocer de inmediato el resultado de su apuesta y que deben tener
un programa de premios preestablecido en función del valor neto de la emisión. La emisión será parte
integrante de uno o más sorteos de Lotería Tradicional y, en consecuencia, no podrán ser más de 26 ó
27, según corresponda, en cada año calendario. La emisión anticipada tendrá como número y fecha de
sorteo de la Lotería Tradicional del cual sea parte integrante.
Los premios, distribuidos aleatoriamente entre los boletos, serán obtenidos por los apostadores, entre
otras formas descubriendo zonas cubiertas o logrando aciertos según la mecánica del sistema de
premiación instantánea.
El programa de premios de cada emisión será parte integrante del programa de premios del sorteo de
Lotería Tradicional al cual se encuentra integrado".
Hechos de fuerza mayor o fortuitos
Lotería de Concepción, realiza un esfuerzo importante en mantener actualizado y libre de errores sus
sistemas. No obstante lo anterior, no garantiza que la información publicada a través de Internet, tanto
de apuestas realizadas, como de resultados esté libre de errores. Lotería de Concepción podrá rectificar
esta información cada vez que sea necesario, y no será responsable de causas de fuerza mayor o caso
fortuito.
Sabotaje Informático a los Sistemas de Información
Este delito, en sus diversas modalidades, se encuentra tipificado en los artículos 1º y 3º de la ley
19.223:
Artículo 1º.-
"El que maliciosamente destruya o inutilice un sistema de tratamiento de información o sus partes o
componentes, o impida, obstaculice o modifique su funcionamiento, sufrirá la pena de presidio menor
en su grado medio a máximo. (541 días a 5 años) Si como consecuencia de estas conductas se
afectaren los datos contenidos en el sistema, se aplicará la pena señalada en el inciso anterior, en su
grado máximo". (3 años y un día a 5 años)
Artículo 3º.-
"El que maliciosamente altere, dañe o destruya los datos contenidos en un sistema de tratamiento de la
información, será castigado con presidio menor en su grado medio". (541 días a 3 años)
Clasificación de estas conductas de sabotaje informático: a.- Acciones contra el sistema de tratamiento
de información; b.- Acciones contra el funcionamiento del sistema de tratamiento de información; c.-
Acciones y conductas que afectan los datos contenidos en un sistema de tratamiento de la información.
ADVERTENCIA : Conforme a la Ley Nº 19.223, todo apoderamiento, uso o conocimiento indebido de la
información contenida en este sistema de tratamiento de datos, o su intercepción, interferencia o
acceso, está castigada con pena privativa de libertad.
¿Como jugar?
Para comenzar presione el botón "Jugar". Luego, y una a una, proceda a hacer clic sobre cada moneda,
en el orden que usted elija, hasta que ocurra alguna de las siguientes circunstancias, la que
determinará el término del juego, cesando la posibilidad de seguir abriendo monedas:
a) si obtiene 3 figuras iguales, gana premio. El premio se determina multiplicando el valor de la jugada
($500) por el número que salió en las tres figuras iguales. A modo de ejemplo, si obtiene X2-X2-X2 , el
premio asciende a $1.000 ($500 x2=$1.000);
b) si obtiene 2 figuras iguales más un "COMODÍN", igualmente gana premio. El premio se determina
multiplicando el valor de la jugada ($500) por el número que aparece en las dos figuras iguales. A modo
de ejemplo, si obtiene X4- Comodín- X4, el premio asciende a $2.000 ($500 x4=$2.000); y,
c) si obtiene dos figuras "LA MUERTE" antes de obtener alguna de las combinaciones descritas en las
letras a) y b), no obtiene premio.
La tabla de categorías de premiación correspondiente a este instantáneo es la siguiente:
Categoría |
Monto Premio ($) |
1 |
x1 correspondiente a $500 |
2 |
x2 correspondiente a $1.000 |
3 |
x4 correspondiente a $2.000 |
4 |
x100 correspondiente a $50.000 |
5 |
x200 correspondiente a $100.000 |
6 |
x2MIL correspondiente a $1.000.000 |
7 |
x10MIL correspondiente a $5.000.000 |
8 |
x20MIL correspondiente a $10.000.000 |
La estructura de premiación anterior corresponde al sorteo N°2561 del 08 de marzo del 2026.